El colectivo de porteros profesionales pide que se implante la figura del ‘controlador de accesos’
La típica, y a veces poco valorada, estampa del portero de discoteca apostado a la puerta del local puede estar cerca de desaparecer si se echa un vistazo a la nueva norma regional. El artículo 20 de la ley autonómica que regula los espectáculos y las actividades recreativas recoge la obligación de los hosteleros de bares con un aforo superior a las cien personas de contratar a vigilantes del sector privado, y no porteros, a los que tendrán que «encomendar el buen orden en el desarrollo de la actividad».
Esta legislación renovada especifica además en el artículo siguiente que «el control de acceso se realizará por personal especializado en esos términos». El presidente de la Asociación Nacional de Porteros Profesionales (ANPP), Rafael de Castro, considera que esta norma es un «retroceso del que se ya se dieron cuenta en Cataluña», donde se modificó una ley idéntica hace tres años para crear una figura denominada ‘controlador de accesos’.
Formación específica
Esta marcha atrás en la apuesta catalana vino provocada al ver que «los vigilantes tienen una formación para realizar servicios estáticos muy diferente a la labor de un portero», apostilla Rafael De Castro.
El responsable de la ANPP justifica que, además, «las empresas del sector privado no suelen estar interesadas en este tipo de servicios temporales que se reducen a trabajar unas horas los fines de semana».
Hay que recordar, por otro lado, las reiteradas protestas que los representantes de la seguridad privada llevan haciendo en los últimos años sobre la necesidad de profesionalizar esta tarea y de luchar contra el intrusismo que existe en el sector.
La denuncia de empresarios y sindicatos sobre esta práctica se refiere a empresas de servicios que contratan a personal no habilitado ni homologado para llevar a cabo funciones de desempeño de seguridad privada. Según Comisiones Obreras (CC. OO.), estas compañías se dedican a otro tipo de tareas, pero aprovechan efectivos para destinarlos a labores de protección y vigilancia. El sindicato explica que se trata del denominado personal auxiliar, como porteros o conserjes, que desarrollan trabajos que corresponderían a vigilantes jurados.
Por su parte, el colectivo de los porteros también incide en la necesidad de profesionalizar este desempeño. «Nuestro objetivo es conseguir la profesionalización del sector», anticipa el presidente nacional de la agrupación.
El ‘controlador’
De Castro confía en que el Ejecutivo regional recule y contemple en la nueva normativa la citada figura del ‘controlador de accesos’, en lugar de otorgar al sector de la seguridad privada una labor que hasta ahora desempeñaban los porteros profesionales.
«La experiencia de Cataluña demuestra que es una cuestión perfectamente viable y que sirve para dar cobijo legal a un sector que también está en pleno proceso de profesionalización en Madrid y Baleares», aclara el máximo responsable de la asociación.
De Castro insta a la Administración autonómica a que incluya esta cláusula o de lo contrario plantea la impugnación de todo el texto de la nueva ley.
Los porteros catalanes tienen que superar un curso de formación de 45 horas, además de cumplir algunos requisitos mínimos, como carecer de antecedentes penales, para obtener el título de ‘controlador de accesos’ o ‘controlador de interiores’. Una vez finalizado, los porteros profesionales cuentan con un carné específico expedido por la Consejería de Interior para poder ejercer en los locales.
A primera vista, la norma regional, que entró en vigor el pasado día 6, se vuelve más restrictiva. Sin embargo, todavía es pronto para hacer una valoración exhaustiva de las consecuencias que puede acarrear para los empresarios, organizadores de actividades y propietarios de locales. Así lo considera el presidente de la Asociación de Industriales de Hostelería de Segovia, Javier Lebrero.
Estudiar con detalle
El responsable del sector en la provincia apuesta por leer con detalle la legislación e informar sobre la misma a los asociados, que suman más de 250 en Segovia, más de la mitad con sede fuera de la capital. Lebrero quiere estudiar detenidamente la norma, ya que la hostelería es una de las actividades con mayor peso dentro de la economía provincial y es la fuente de ingresos de muchas familias segovianas. En una primera lectura de las condiciones que impone la ley autonómica, cree que serán los conciertos y actividades lúdicas de este tipo las que puedan verse más afectadas.
La posible implantación de personal de seguridad privada -«dentro del marco establecido en la Ley 23/1992 de 30 de julio»- afectará a la mayoría de locales y bares existentes en Segovia, sobre todo a las discotecas y salas de fiestas, ya que la inmensa mayoría disponen de un aforo superior a las cien personas, tal y como contempla la legislación en su artículo sobre servicios de vigilancia.
La admisión
Otro de los aspectos en los que incide la norma es el derecho de admisión. El artículo 21 se refiere exclusivamente a este ámbito de actuación. En su texto señala que «los titulares de locales e instalaciones públicas, incluidas las que desarrollan espectáculos al aire libre, deberán impedir el acceso a personas que manifiesten comportamientos violentos susceptibles de causar molestias a otros espectadores o usuarios».
El documento apuesta por profesionalizar la tarea de vigilancia de la entrada a los locales y a actividades recreativas a través del empleo de agentes de seguridad privada, ya que afirma que «el control del acceso se realizará por personal especializado».


